El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía rebaja la condena al acusado de provocar un incendio en una zona donde vivía un indigente en plena vía pública en Algeciras. En concreto reduce la pena impuesta de siete años y siete meses de cárcel a cinco años y un día, ya que considera que los hechos son constitutivos de un delito de incendio con peligro para la vida e integridad de las personas y no de un delito de tentativa de homicidio por el que fue inicialmente condenado, al no apreciar «voluntad homicida» en la actuación del acusado.
En la sentencia, fechada el día 14 de enero, el alto tribunal andaluz estima parcialmente el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que lo condenó por un delito de homicidio en grado de tentativa, y le impuso siete años y siete meses de cárcel y el pago de una indemnización de 1.800 euros a la víctima. Frente a ello, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía absuelve al investigado de ese delito y lo condena por el delito de incendio a la pena de cinco años y un mes de cárcel y al pago de una indemnización de 1.000 euros. Los hechos tuvieron lugar en marzo de 2022, cuando el acusado, tras haber comprado combustible en una gasolinera cercana se dirigió a las inmediaciones de un supermercado, donde se encontraba durmiendo un indigente cubierto de cartones y enseres. Tras rociarlo con gasolina prendió fuego con un mechero. El afectado se despertó por el olor a gasolina y pudo salir del lugar aunque sufrió quemaduras al intentar salvar sus efectos. Sin embargo ahora el Tribunal Superior recoge que el acusado prendió el fuego cuando la víctima ya se había levantado por lo que no ve la voluntad homicida.


