La Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) ha recurrido la absolución del autor del asesinato del sacristán Diego Valencia en Algeciras , en 2023, al entender que se le aplicó de forma errónea la eximente completa por enfermedad mental porque en su acción hubo «capacidad deliberativa»por mínima o distorsionada que fuese, que excluye la supresión total de las facultades».
El recurso, interpuesto ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional se suma al que ha presentado la Fiscalía, que también pretende que los hechos sean calificados de terrorismo, si bien lo considera compatible con la eximente completa por enajenación mental y su intención final es conseguir que el Estado abone a los familiares de las víctimas las indemnizaciones que les corresponden en aplicación de la Ley de Víctimas del Terrorismo. La eximente completa propició que el acusado Yassine Kanjaa fuese absuelto y se decretase su internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario por un máximo de 30 años, debido a su «peligrosidad», y al ser considerado el autor del asesinato consumado del sacristán y del asesinato en grado de tentativa del sacerdote Antonio Rodríguez, aunque sin apreciar que la acción fuera de carácter terrorista. Apreciación en la que discrepan tanto la Fiscalía como la AVT, que sostienen que la intencionalidad del acusado fue terrorista, independientemente de la enfermedad mental que le fue diagnosticada a posteriori (esquizofrenia paranoide). Para el abogado de la AVT, Antonio Guerrero, la declaración judicial del acusado, las referencias al Corán durante los ataques, la acción de apuntar con el machete al cielo realizando un gesto de victoria tras acabar con la vida del sacristán, «unido al material de propaganda yihadista» incautado en su vivienda, así como su «rápida radicalización» o la ocultación del teléfono móvil antes de iniciar la acción, «determinan que nos encontremos ante delitos de terrorismo y, por tanto, dicha naturaleza debió ser apreciada por el Tribunal».


