El fiscal considera compatible el «binomio enfermedad mental y delitos de terrorismo» en casos como el de Yassine Kanjaa. Así lo ha expuesto el representante del Ministerio Público, Emilio Miró en su informe en el juicio que se está celebrando en la Audiencia Nacional contra Kanjaa, por el asesinato del sacristán de la iglesia de la Palma, Diego Valencia y la tentativa de asesinato del sacerdote Antonio Rodríguez en la iglesia de San Isidro. El fiscal solicita 50 años de cárcel. En la sesión de hoy se están leyendo los informes definitivos, previo a que el juicio quede visto para sentencia.
El fiscal de la Audiencia Nacional, Emilio Miró ha sostenido que, pese a la enfermedad mental que le que ha sido diagnosticada (esquizofrenia) a Yassine Kanjaa, asesino confeso de Diego Valencia, sus facultades intelectivas y volitivas, es decir de entender y decidir, no estaban afectadas cuando perpetró los ataques y sabía lo que hacía, por lo que aprecia que por esta circunstancia solo cabe aplicarle la eximente incompleta por enfermedad mental y no la completa, que impediría que fuera condenado. Circunstancia además que entiende compatible con la acusación de asesinato terrorista -consumado y en grado de tentativa- y de lesiones terroristas, ya que, según ha destacado, una enfermedad mental es más permeable a la propaganda de tipo yihadista y, por tanto, más proclive a la comisión de delitos de terrorismo. Así lo refleja en su informe definitivo presentado en el juicio que desde el lunes se celebra en la Audiencia Nacional en Madrid contra el presunto autor de los ataques en dos iglesias de Algeciras el 25 de enero de 2023, que se saldaron con la muerte del sacristán de la Palma y el párroco de San Isidro herido de gravedad. Para el fiscal, la intencionalidad yihadista parece clara por «la elección de a quién quería agredir, personas a las que identificó como religiosas, de ahí que califique los hechos de asesinato y no de homicidio. Además, en su comparecencia ante el juez instructor, que ayer miércoles fue reproducida tras negarse a declarar, pese a los comentarios «excéntricos y extravagantes» que profirió, el fiscal interpreta que dejó claro que lo que motivó su actuación fue que en la iglesia «se realizaban prácticas incompatibles con su credo y que quienes las practicaban debían ser castigados». Por todo ello, el fiscal ve acreditada la «intención ideológica y la finalidad concreta» en ambos ataques, que, a su juicio, fueron fruto del proceso de radicalización en el que el acusado estaba inmerso, tal y como se desprende, ha recordado, de las publicaciones «de contenido religioso de credo radical extremo» que fueron encontradas en su teléfono móvil y analizadas por la Policía.
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